AVISO IMPORTANTE AL CONDUCTOR: La presente campaña ofrece hasta $108.000 COP en recompensas sobre combustible en la Red de Estaciones Aliadas, entregados mediante Tramos Base Garantizados mensuales y Bonos de Aceleración por desempeño, cuya suma nunca excede el techo total de $108.000 COP, sujetos a que cada viaje computable tenga un valor igual o superior a $15.000 COP (o su equivalente proporcional acumulado). El beneficio no es dinero en efectivo, no es transferible y solo aplica dentro de la Red de Estaciones Aliadas vigente.
1. Definiciones
1.1. VIAJEMOS: plataforma digital de intermediación de servicios y/o portal de contacto tecnológico (Ley 527 de 1999), que permite el acceso a servicios de movilidad compartida, reservas de hotel y domicilios.
1.2. GIROPLAY S.A.S.: sociedad comercial que actúa como operadora y administradora de la plataforma VIAJEMOS.
1.3. Campaña: promoción denominada "VIAJEMOS Impulsa a tu Conductor", mediante la cual el Conductor elegible puede acceder a un saldo promocional de hasta $108.000 COP en recompensas sobre compras de combustible, sujeto a las condiciones aquí previstas.
1.4. Conductor: persona natural registrada en la Plataforma en calidad de prestador del servicio de movilidad compartida, con suscripción activa al plan VIAJEMOS PLUS, que acepta expresamente estos términos y condiciones.
1.5. Aliado Comercial: persona jurídica del sector de combustibles, u otro sector que GIROPLAY S.A.S. determine, que suscribe con GIROPLAY S.A.S. el convenio de vinculación y/o el Contrato como Proveedor definido en la Cláusula 1.12, en virtud del cual pone a disposición de la Campaña su red de estaciones de servicio.
1.6. Red de Estaciones Aliadas: estaciones de servicio operadas o afiliadas a los Aliados Comerciales que hayan suscrito el respectivo convenio de vinculación con GIROPLAY S.A.S. A la fecha de entrada en vigor de estos términos, los Aliados Comerciales habilitados son Organización Terpel y Biomax Colombia.
1.7. Saldo Promocional Combustible: beneficio no monetario, no reembolsable y no transferible, destinado exclusivamente a cubrir total o parcialmente el valor de compras de combustible realizadas en la Red de Estaciones Aliadas, como recompensa de fidelidad por la actividad del Conductor en la Plataforma.
1.8. Suscripción VIAJEMOS PLUS: plan de suscripción mensual para conductores, con valor de $24.900 COP mensuales.
1.9. Viaje Elegible: viaje —compartido o local— efectivamente completado, pagado y sin reversión ni disputa, prestado por el Conductor a través de la Plataforma, cuyo valor total sea igual o superior a $15.000 COP. Los viajes con valor inferior a $15.000 COP se computan de forma proporcional conforme a la Cláusula 6-A.
1.10. Bono de Aceleración: monto adicional dentro del mismo tope mensual del Tramo Base de cada mes, desbloqueado de forma inmediata cuando el Conductor supera el número mínimo de Viajes Elegibles exigido para dicho mes, sin que la suma de ambos componentes exceda en ningún caso el tope mensual indicado en la Cláusula 6.2 ni el techo total de $108.000 COP indicado en las Cláusulas 1.3 y 2.3.
1.11. Fuente de Financiación Inicial: son los recursos propios de GIROPLAY S.A.S., derivados de la operación y estructura comercial ordinaria de la Plataforma, con cargo a los cuales se financia el Saldo Promocional Combustible durante la fase inicial de la Campaña, con anterioridad a la entrada en vigor del Contrato como Proveedor suscrito con el Aliado Comercial conforme a la Cláusula 7.1.
1.12. Contrato como Proveedor: contrato de suministro celebrado entre GIROPLAY S.A.S. y el Aliado Comercial, en el marco del proyecto SIMC avalado por CoCrea, mediante el cual el Aliado Comercial actúa como proveedor del beneficio y a partir de cuya entrada en vigor se traslada a este el financiamiento de los Tramos Base y Bonos de Aceleración pendientes de desembolso, conforme a la Cláusula 7.2.
2. Naturaleza de la Campaña
2.1. La Campaña tiene naturaleza estrictamente promocional y comercial, orientada a vincular rápidamente nuevos conductores y a incentivar su actividad temprana en la Plataforma.
2.2. El Saldo Promocional Combustible no constituye dinero en efectivo, no es convertible en efectivo, no genera intereses, no constituye un crédito a favor del Conductor, no es transferible a terceros y no hace parte del patrimonio del Conductor.
2.3. Toda referencia comercial al beneficio deberá entenderse bajo la expresión "hasta $108.000 COP en recompensas sobre combustible", entregados de forma progresiva y condicionada. Este valor constituye el techo total, único y no acumulable del programa, e incluye tanto los Tramos Base como los Bonos de Aceleración de que trata la Cláusula 6.
2.4. El presente beneficio se financia inicialmente con la Fuente de Financiación Inicial, y posteriormente, una vez suscrito el convenio comercial respectivo, con cargo al Contrato como Proveedor celebrado entre GIROPLAY S.A.S. y el Aliado Comercial en el marco del proyecto SIMC avalado por CoCrea.
3. Elegibilidad
3.1. Podrán participar en la Campaña únicamente los Conductores que cumplan, de manera acumulativa: a) Ser mayores de dieciocho (18) años y tener capacidad legal plena para contratar. b) Contar con una Suscripción VIAJEMOS PLUS activa y al día en sus pagos. c) Suministrar información verdadera, completa, exacta y actualizada. d) Validar satisfactoriamente su identidad y su condición de conductor. e) Registrar y mantener activo al menos un medio de pago válido. f) Aceptar de manera expresa e inequívoca los presentes términos y condiciones.
3.2. No podrán participar los Conductores que: a) Hayan sido bloqueados, suspendidos o inhabilitados con anterioridad. b) Utilicen datos falsos, ajenos, incompletos o suplantados. c) Mantengan vínculos identificables de fraude, uso múltiple o abuso del sistema. d) Hayan cancelado su Suscripción VIAJEMOS PLUS antes de completar la activación del primer tramo.
4. Activación del Saldo Promocional Combustible
4.1. El Saldo Promocional Combustible no se asigna automáticamente al momento de la suscripción a VIAJEMOS PLUS.
4.2. La activación del Tramo Base del Mes 1 exige que el Conductor mantenga su Suscripción VIAJEMOS PLUS activa y complete al menos seis (6) Viajes Elegibles dentro del primer mes calendario de suscripción.
4.3. Si el Conductor no completa dicha condición dentro del plazo indicado, perderá el derecho al Tramo Base de ese mes, sin lugar a reclamación, compensación o reactivación retroactiva, pudiendo continuar acumulando actividad para los meses siguientes si su suscripción permanece activa.
5. Alcance del Saldo Promocional Combustible
5.1. El Saldo Promocional Combustible solo podrá aplicarse sobre compras de combustible realizadas en la Red de Estaciones Aliadas, mediante el mecanismo de validación que estas dispongan conforme al Anexo Operativo de Redención referido en la Cláusula 7.4.
5.2. En ningún caso el Saldo Promocional Combustible podrá aplicarse sobre productos distintos al combustible, impuestos, tasas, cargos a favor de terceros o cargos bancarios ajenos a la transacción.
5.3. El beneficio no podrá ser canjeado por dinero en efectivo, consignado, transferido, retirado o usado fuera de la Red de Estaciones Aliadas.
6. Estructura Híbrida de Desbloqueo: Tramo Base y Bono de Aceleración
6.1. El monto máximo promocional del programa es de $108.000 COP, techo único, total y no acumulable. Dicho monto se libera mediante dos componentes combinados dentro de cada mes: un Tramo Base Garantizado, otorgado al completar el número mínimo de Viajes Elegibles exigido para el mes, y un Bono de Aceleración, desbloqueado de forma inmediata dentro del mismo mes cuando el Conductor supera dicho mínimo. La suma del Tramo Base Garantizado y el Bono de Aceleración de un mismo mes nunca excede el Tope Mensual Combinado indicado en la Cláusula 6.2, y la suma de los tres Topes Mensuales Combinados nunca excede el techo total de $108.000 COP.
6.2. Tramo Base Garantizado y Tope Mensual Combinado:
• Mes 1: $24.000 COP al completar 6 Viajes Elegibles — Bono de Aceleración máximo hasta $6.000 COP adicionales — Tope Mensual Combinado (Base + Bono) $30.000 COP.
• Mes 2: $27.000 COP al completar 18 Viajes Elegibles acumulados — Bono de Aceleración máximo hasta $8.000 COP adicionales — Tope Mensual Combinado $35.000 COP.
• Mes 3: $33.000 COP al completar 30 Viajes Elegibles acumulados — Bono de Aceleración máximo hasta $10.000 COP adicionales — Tope Mensual Combinado $43.000 COP.
• Total programa: $84.000 COP en Tramos Base + hasta $24.000 COP en Bonos de Aceleración = $108.000 COP (techo total).
6.3. Bono de Aceleración (desbloqueo inmediato dentro del mismo mes, sin exceder el Tope Mensual Combinado de la Cláusula 6.2):
a) Mes 1: por cada tres (3) Viajes Elegibles adicionales sobre el mínimo de 6 (hasta un máximo de 12 Viajes Elegibles en el mes), el Conductor recibe $3.000 COP adicionales, hasta un tope de $6.000 COP en este mes.
b) Mes 2: por cada cinco (5) Viajes Elegibles adicionales sobre el mínimo de 18 acumulados (hasta un máximo de 28 Viajes Elegibles acumulados), el Conductor recibe $4.000 COP adicionales, hasta un tope de $8.000 COP en este mes.
c) Mes 3: por cada cinco (5) Viajes Elegibles adicionales sobre el mínimo de 30 acumulados (hasta un máximo de 40 Viajes Elegibles acumulados), el Conductor recibe $5.000 COP adicionales, hasta un tope de $10.000 COP en este mes.
6.4. El Bono de Aceleración se otorga dentro del mismo Tope Mensual Combinado del Tramo Base Garantizado correspondiente al mes en que se desbloquea, y ambos componentes se financian con cargo al mismo cupo total de $108.000 COP, sin exceder dicho techo en ningún caso, ya sea que el programa se encuentre en la fase financiada por la Fuente de Financiación Inicial o en la fase financiada por el Aliado Comercial. En ninguna circunstancia el Conductor podrá recibir, por la suma de todos los Tramos Base Garantizados y todos los Bonos de Aceleración, un monto superior a $108.000 COP.
6.5. El acceso a cada tramo y bono dependerá del comportamiento real y verificable del Conductor dentro de la Plataforma.
6-A. Condición de Valor Mínimo por Viaje
6-A.1. Para efectos de esta Campaña, únicamente se computará como un (1) Viaje Elegible completo aquel viaje cuyo valor total sea igual o superior a $15.000 COP.
6-A.2. Cuando un viaje tenga un valor inferior a $15.000 COP, este se computará de forma proporcional, dividiendo el valor efectivo del viaje entre $15.000 COP, y acumulando dicha fracción con las de otros viajes de valor inferior hasta completar la unidad equivalente a un Viaje Elegible completo. A título de ejemplo, dos (2) viajes de $7.500 COP cada uno equivaldrán a un (1) Viaje Elegible; tres (3) viajes de $5.000 COP cada uno equivaldrán igualmente a un (1) Viaje Elegible.
6-A.3. Esta condición tiene como finalidad garantizar que la comisión generada por la actividad del Conductor sea suficiente para sostener financieramente el otorgamiento del beneficio, especialmente durante el período en que este se financia con la Fuente de Financiación Inicial conforme a la Cláusula 1.11.
6-A.4. La Plataforma podrá ajustar el valor mínimo de $15.000 COP mediante comunicación previa a los Conductores con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación, sin que dicho ajuste afecte los Viajes Elegibles y tramos ya computados o desbloqueados antes de la modificación.
6-A.5. El cómputo de viajes fraccionados conforme a esta cláusula será visible para el Conductor a través del panel o reporte de seguimiento de la Plataforma, permitiendo verificar en todo momento su avance hacia la siguiente unidad de Viaje Elegible.
7. Convenio con Aliados Comerciales
7.1. El presente beneficio se encuentra respaldado, en su fase inicial, por la Fuente de Financiación Inicial de GIROPLAY S.A.S., y posteriormente por convenios comerciales suscritos entre GIROPLAY S.A.S. y uno o más Aliados Comerciales del sector de combustibles, mediante los cuales dichos Aliados actúan como proveedores del proyecto SIMC avalado por CoCrea.
7.2. A partir de la entrada en vigor del respectivo Contrato como Proveedor, el financiamiento de los Tramos Base Garantizados y Bonos de Aceleración pendientes de desembolso se trasladará al presupuesto acordado con el Aliado Comercial correspondiente, sin afectar los beneficios ya desbloqueados por los Conductores.
7.3. La disponibilidad, vigencia y alcance geográfico de la Red de Estaciones Aliadas dependerá de los convenios comerciales vigentes al momento de la redención.
7.4. Mecanismo de canje en estación (red de aliados comerciales)
7.4.1. El Conductor podrá redimir el Saldo Promocional Combustible exclusivamente en las estaciones de servicio de los Aliados Comerciales vigentes, los cuales serán informados a través del mapa disponible en la Plataforma y de las comunicaciones enviadas conforme a la Cláusula 12. A la fecha de entrada en vigor de estos términos, los Aliados Comerciales habilitados son Organización Terpel y Biomax Colombia, sin perjuicio de que GIROPLAY S.A.S. pueda adicionar o sustituir aliados mediante comunicación previa de al menos cinco (5) días hábiles.
7.4.2. El mecanismo de redención inicial operará mediante códigos de canje únicos generados por la Plataforma, conforme al siguiente procedimiento:
a) El Conductor, desde el panel de la Plataforma, solicitará la generación de un código de canje, indicando el monto que desea redimir (sujeto a los topes de la Cláusula 8). La Plataforma generará un código alfanumérico único, de un solo uso, con vigencia máxima de cuarenta y ocho (48) horas, asociado al monto solicitado y al Conductor titular.
b) El Conductor presentará dicho código en la estación de servicio del Aliado Comercial al momento de realizar la compra de combustible. El cajero o encargado del punto de venta validará la vigencia y autenticidad del código a través del portal web dispuesto por GIROPLAY S.A.S. para tal fin.
c) Una vez validado el código, el Aliado Comercial aplicará el descuento correspondiente sobre el valor total de la compra de combustible, mediante el mecanismo disponible en su punto de venta (descuento manual, abono, nota crédito u otro), y el Conductor cancelará el saldo restante con su medio de pago habitual.
d) El código quedará automáticamente inhabilitado para usos posteriores una vez sea aplicado en una transacción. La Plataforma registrará la fecha, hora y monto de la redención para efectos de conciliación con el Aliado Comercial.
7.4.3. GIROPLAY S.A.S. realizará la conciliación periódica (semanal o según lo acordado con cada Aliado Comercial) de los códigos redimidos, con el fin de verificar que los descuentos aplicados en punto de venta correspondan efectivamente a códigos válidos generados por la Plataforma. En ningún caso el Conductor tendrá responsabilidad por eventuales discrepancias en dicha conciliación, siempre que haya actuado de buena fe y conforme a estos términos.
7.4.4. La Plataforma podrá migrar a un mecanismo de redención automatizado (integración API, validación en tiempo real en el POS, u otro) una vez el volumen de transacciones o los acuerdos con los Aliados Comerciales lo justifiquen. Dicha migración se informará a los Conductores con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación, sin que afecte los códigos ya generados ni los saldos desbloqueados.
8. Topes de uso
8.1. El Saldo Promocional Combustible podrá aplicarse con los siguientes límites operativos: a) Hasta un (1) canje por transacción de compra de combustible. b) Un valor máximo de canje de $20.000 COP por transacción individual, hasta agotar el saldo disponible.
9. Vigencia y caducidad
9.1. El saldo correspondiente a cada Tramo Base Garantizado o Bono de Aceleración tendrá vigencia de sesenta (60) días calendario contados a partir de su respectiva activación.
9.2. Vencido dicho plazo, el saldo no utilizado expirará automáticamente y no podrá ser reactivado, compensado ni reembolsado.
9.3. La Plataforma notificará al Conductor cuando resten diez (10) días calendario para el vencimiento de cada saldo.
9.4. Si la caducidad se produce por falla técnica imputable a la Plataforma o al Aliado Comercial, el Conductor podrá presentar reclamación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
10. Prevención de fraude y uso indebido
10.1. La Plataforma podrá monitorear patrones de comportamiento para identificar fraude, viajes simulados, suplantación, uso múltiple o manipulación del cómputo de Viajes Elegibles, incluyendo el fraccionamiento artificial de viajes para eludir la Condición de Valor Mínimo prevista en la Cláusula 6-A.
10.2. Se podrá verificar la correlación entre documento de identidad, número celular, correo electrónico, dispositivo, dirección IP, medio de pago, historial de viajes y comportamiento transaccional.
10.3. Cuando existan indicios razonables de fraude, la Plataforma podrá suspender preventivamente el saldo pendiente y notificar al Conductor para que presente descargos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
10.4. Solo en caso de confirmarse el fraude, la Plataforma podrá bloquear definitivamente la participación del Conductor y revocar el saldo no consumido.
11. Tratamiento de datos personales
11.1. El Conductor autoriza a GIROPLAY S.A.S., en calidad de Responsable del Tratamiento, y a los Aliados Comerciales, en calidad de Encargados del Tratamiento en lo estrictamente necesario para la validación del canje en la Red de Estaciones Aliadas, para recolectar, almacenar, usar, circular y transmitir sus datos personales para: verificación de identidad, prevención de fraude, gestión de la Campaña y de canjes, gestión operativa de cuenta, atención de PQR, y análisis estadístico.
11.2. El tratamiento se realizará conforme a la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios, y a la Política de Tratamiento de Datos Personales de GIROPLAY S.A.S. disponible en el sitio web oficial de la Plataforma.
11.3. El Conductor podrá ejercer sus derechos de conocimiento, actualización, rectificación, supresión, revocatoria y queja ante la autoridad competente.
12. Comunicaciones comerciales
12.1. El Conductor autoriza el envío de comunicaciones relacionadas con la Campaña, dentro de los horarios permitidos por la ley.
12.2. El Conductor podrá revocar dicha autorización en cualquier momento, sin afectar sus derechos ni la prestación del servicio.
13. Tratamiento fiscal del beneficio
13.1. El Saldo Promocional Combustible constituye una recompensa de fidelidad no monetaria, financiada por GIROPLAY S.A.S. (fase inicial) o por el Aliado Comercial (fase posterior), otorgada como incentivo por la actividad del Conductor en la Plataforma, y no como contraprestación por servicios independientes ni como ingreso ordinario del Conductor.
13.2. En consecuencia, el Saldo Promocional Combustible no se entiende como renta gravable a cargo del Conductor, toda vez que: (i) no representa un incremento patrimonial del Conductor, al ser un beneficio no monetario, no reembolsable y no transferible; (ii) no es convertible en efectivo ni constituye un derecho de crédito exigible; (iii) su otorgamiento está condicionado al cumplimiento de actividades promocionales (Viajes Elegibles) dentro de la Plataforma; y (iv) se trata de un descuento promocional financiado con recursos propios de GIROPLAY S.A.S. o del Aliado Comercial, sin que el Conductor reciba flujo económico alguno.
13.3. Sin perjuicio de lo anterior, GIROPLAY S.A.S. y los Aliados Comerciales asumirán las obligaciones fiscales que les correspondan en su calidad de responsables del financiamiento y otorgamiento del beneficio, incluyendo los deberes formales de registro, información y retención en la fuente que llegaren a ser aplicables conforme al Estatuto Tributario y a la normativa vigente.
13.4. El Conductor reconoce que la calificación tributaria descrita en esta Cláusula se fundamenta en la normativa vigente a la fecha de entrada en vigor de estos términos, y que cualquier modificación normativa o interpretación de la autoridad tributaria competente podrá incidir en el tratamiento fiscal aplicable. En tal evento, GIROPLAY S.A.S. informará a los Conductores las implicaciones relevantes que surjan.
14. Limitación operativa y modificaciones
14.1. La Plataforma podrá modificar, suspender o terminar la Campaña por razones comerciales, técnicas, de seguridad, legales, de terminación del convenio con el Aliado Comercial o de fuerza mayor, informando con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación.
14.2. Las modificaciones no afectarán los beneficios ya desbloqueados antes de su entrada en vigor.
15. Atención al usuario
15.1. El Conductor podrá presentar solicitudes, peticiones, quejas o reclamos a través de los canales oficiales de la Plataforma.
15.2. El Conductor conserva su derecho de acudir ante la Superintendencia de Industria y Comercio y demás autoridades competentes.
16. Jurisdicción y ley aplicable
16.1. Estos términos se rigen por las leyes de la República de Colombia.
16.2. Las controversias podrán presentarse ante el juez competente del domicilio del Conductor o ante la autoridad competente aplicable.
17. Aceptación
17.1. La participación en la Campaña implica la lectura, comprensión y aceptación íntegra de estos términos.
17.2. Si el Conductor no está de acuerdo, deberá abstenerse de participar.
18. Disposiciones finales
18.1. Estos términos constituyen el acuerdo completo aplicable a la Campaña "VIAJEMOS Impulsa a tu Conductor".
18.2. En caso de conflicto con otra comunicación comercial, prevalecerán estos términos.
18.3. Si alguna disposición fuere declarada ineficaz, las demás permanecerán vigentes.
18.4. La versión vigente estará disponible en el sitio web oficial de la Plataforma.